A QUEDARSE EN CASA Se prohìben visitas a familiares. es un delito si no cumplis. art 205 y 239 del Código Penal de la Nación
Se prohiben eventos sociales o familiares en espacios cerrados
Se informa a la comunidad que se encuentra en vigencia el DNU 641/2020, emitido por el Poder Ejecutivo Nacional, cuyo artículo 2do. mantiene para la provincia de Entre Ríos la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”.
Asimismo, corresponde informar que, mediante el artículo 9, inciso 3 de la citada normativa, se prohíben “los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente. La infracción a esta norma deberá ser denunciada por la autoridad interviniente a fin de que la autoridad competente determine si se cometieron los delitos previstos en los artículos 205 y 239 del Código Penal de la Nación”
En este marco, el gobernador Gustavo Bordet señaló que se garantizará su cumplimiento trabajando junto a las fuerzas de seguridad provinciales, federales y la colaboración de los agentes municipales de cada ciudad.
Atento a ello, la Municipalidad de Villaguay, en el contexto de la Emergencia Sanitaria vigente con motivo de la Pandemia por Coronavirus, ratifica el compromiso de velar, en el marco de sus competencias, por el cumplimiento de la normativa dictada y colaborar a los mismos fines con la Jefatura de Policía de nuestra ciudad.
Es responsabilidad de todos y cada uno mantener a nuestra ciudad libre de COVID-19 por lo que se reitera el requerimiento de cumplir cabalmente con las normas legales vigentes y observar las medidas de cuidado y prevención recomendadas.