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EDICTOS

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Por disposición del juzgado de primeras instancias en lo civil, comercial y laboral Nº 2 del partido judicial de Villaguay, Pcia. de Entre Ríos a cargo del Dr. Alfredo Alesio Eguiazu. Por ante secretaria de la Dra. Carla Gottfried, comunica en autos caratulados “DON POROTO S.A. S CONCURSO PREVENTIVO ART 288 LCQ – HOY QUIEBRA S/ INCIDENTE DE SUBASTA” (nº 4786 – AÑO: 28/11/2022 al 02/12/2022)

//LLAGUAY, 30 de junio de 2023
Proveyendo presentación electrónica de fecha 13/06/2023 a la 18:18 horas:
1. Atento lo solicitado y constancias de autos, DECRÉTASE EL REMATE del INMUEBLE RURAL en condominio indiviso, ubicado en Distrito Raices Este, de una superficie total 60,4958 Has.; Matricula N° 2955, Plano Nº 1924, Partida Nº 32129, perteneciendo a DON POROTO S.A un 55,56%. Estado de ocupación libre de ocupantes todo conforme surge del Mandamiento de constatación N° 209 de fecha 27/04/2023, el que se encuentra agregado en fecha 23/05/2023 11:57 horas, la que se realizará a través del Portal de Subastas Judiciales Electrónicas del Poder Judicial de Entre Ríos (Reglamento SJE, Acuerdo General N° 29/21 del 28.09.21, Punto 1°), con intervención del Martillero designado en autos, CROSSA ORLANDO JOSE LUIS, matrícula profesional N°1042
El acto de subasta tendrá una duración de cinco (5) días hábiles y se iniciará LUNES 14/08/2023 a la hora 08:00, momento a partir del cual los usuarios registrados podrán efectuar sus posturas en el Portal de Subastas, finalizando el día MARTES 22/08/2023 a la hora 08:00.-
Para participar de la subasta, los interesados (personas físicas o jurídicas) deberán estar previamente registrados como usuarios en el Portal de Subastas https://subasta.jusentrerios.gov.ar, art. 6. Reglamento SJE
2. Condiciones de venta:
a) Base: El inmueble saldrá a la venta por la base del Avalúo Fiscal de PESOS: DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 64/100 ($2.259.668,64), estableciéndose el monto incremental en PUJAS DE PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000).-
b) Comunicación de la oferta ganadora: Quien resulte mejor postor de la subasta, será notificado en su panel de usuario del Portal y en la dirección de correo electrónico denunciada al momento de su inscripción como Usuario del sistema. El tribunal agregará al expediente la constancia – como acta provisoria de subasta- del resultado del remate.
c) Pago del precio: El ganador deberá efectivizar el pago de la seña correspondiente al diez por ciento (10%) del precio, más la comisión del martillero (4%), y el costo por el uso del sistema (1,5% más IVA) a través de cualquiera de las modalidades de pago autorizadas en el Portal, en el plazo de dos (2) días hábiles de finalizado el remate, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 26 del Reglamento SJE.
El saldo del precio de compra, se deberá abonar dentro de los cinco (5) días hábiles de aprobarse el remate mediante transferencia electrónica a la cuenta N°282986/3 CBU: 3860026303000028298633 (art. 24 del Reglamento SJE) o por cualquiera de los medios habilitados por el Portal, bajo el apercibimiento establecido en el art. 25 Reglamento SJE.
d) Postor remiso; llamado al 2do o 3er postor: En caso de declararse postor remiso al primer postor (por no verificarse el pago alguno de los importes correspondientes en los plazos indicados en el apartado anterior), se dará aviso desde el Portal y el mail denunciado en la inscripción como postor a quienes hubieren ofrecido la segunda o tercera mejor oferta para que, de mantener interés en la compra, se cumplimente con las obligaciones para resultar adquirente del bien subastado (art. 25 Reglamento SJE). En caso de que ninguno de ellos mantenga su interés en la compra, la subasta se declarará desierta.
e) Perfeccionamiento de la venta: Aprobado el remate y verificada la integración del precio de compra por el tribunal, se procederá a la tradición del bien inmueble, quedando perfeccionada la venta -art.572 CPCC-.
f) Compensación del precio para el acreedor: La eximición de todo o parte del precio obtenido en subasta a favor del acreedor, sólo se admitirá en caso de autorización judicial previa (art. 15 Reglamento SJE).
g) Obligaciones del comprador desde la toma de posesión: El adquirente estará obligado al pago de las contribuciones, impuestos y tasas fiscales, desde el día de la toma de posesión de los mismos o desde que se hallare en condiciones de tomarla, art. 149 del Código Fiscal.
h) Impuestos y gastos de transferencia: Dentro de los quince (15) días de notificada la aprobación del remate -art. 240 Código Fiscal-, y para habilitar la transferencia del bien adquirido, el comprador deberá acreditar el pago del sellado previsto por el art. 205 del Código Fiscal y el art. 13. inc. 5 a) de la Ley Impositiva, debiendo soportar todos los gastos relativos a la inscripción – arts. 1138 y 1141 del Cód. Civil y Comercial-.
3. Publíquense edictos por dos veces en el boletín oficial y en el medio periodístico de esta ciudad que elija la parte ejecutante, ANUNCIANDO LA SUBASTA, y NOTIFICANDO POR ESTE MEDIO A LOS CONDOMINOS del inmueble a subastar, los SRES. AYALA DE CARRANZA, JACINTA JUSTINA LC N° 5.057.403; AYALA, CLARO RAMON, LE N° 5.772.911; y AYALA, ROSARIO, LE N° 5.784.293 y/o sus Herederos; lo que deberá hacerse con SEIS días de antelación, haciéndose constar en los mismos, el estado de ocupación, y horario de visita; debiendo transcribirse estrictamente la presente resolución, sin hacer referencias de valoración sobre el bien a subastar, asimismo deberá hacerse constar que queda a disposición de las partes interesadas el expediente para el examen del título y deudas que pesan sobre el inmueble.
4. HÁGASE SABER AL MARTILLERO QUE DEBERÁ: a) Publicar en el “Portal”, dentro del plazo de los cinco (5) días contados desde la carga del Expediente por parte del organismo judicial, una descripción detallada del inmueble, al menos seis (6) fotografías y/ o un video que reflejen adecuadamente el estado, calidad y dimensiones del bien a subastar. Además, imágenes de los informes de dominio, del título, mandamiento de constatación, sus datos profesionales y de contacto y toda otra información que pueda resultar de interés y que surja de las constancias de autos; b) Responder adecuadamente las consultas de los interesados dentro de las veinticuatro horas de realizadas en el “Portal”, de manera de que los interesados tengan mayor conocimiento de las características del bien objeto de la venta.
5. Publíquese el remate en el Portal de Subastas del Poder Judicial de Entre Ríos, con el decreto de subasta y especificación de la fecha y hora de inicio y cierre de la subasta (art. 10 del Reglamento).
6. Notifíquese a ATER, y a la Oficina de Subastas Judiciales (art.3 del Reglamento).
7. Decrétase medida cautelar genérica de comunicación de subasta. Para su inscripción líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, a los fines de su oponibilidad frente a terceros e informe además sobre nuevos embargos y/o gravámenes que pesen sobre el inmueble a subastar desde la fecha del informe, debiendo acompañarse con el mismo copia certificada por Secretaría de la presente, como previo a la publicación de los Edictos.
8. Todos los recaudos ordenados precedentemente deberán obrar en autos al momento de la subasta.
Notifiquese conforme los art. 1 y 4 de la Ac. 15/18 del STJ – SNE.-
Firmado Digitalmente por

Dr. Alfredo Alesio EGUIAZU
Juez Civil y Comerc

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