Unifican esfuerzos y criterios para prevenir la circulación del coronavirus
En el marco de las nuevas disposiciones conocidas desde el gobierno nacional y provincial respecto del coronavirus la Intendente Claudia Monjo mantuvo una reunión con autoridades municipales, sanitarias y fuerzas de seguridad acompañada por el Diputado Juan Cosso, durante la tarde noche de este domingo 15 de marzo, en el despacho municipal para delinear acciones a seguir y aunar esfuerzos.
Tras el encuentro se definieron algunos lineamientos a seguir, enmarcados en las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud provincial y nacional, respecto a la prevención y actuación frente al coronavirus, acompañando las medidas impartidas para evitar y/o mitigar la propagación y circulación del virus y, poniendo a disposición todo el acompañamiento a la población local.
En ese sentido se definieron algunas acciones concretas que se detallan en el decreto del DEM N° 136 fechado el 15 de marzo que a continuación se anexa.
Ante aparición de síntomas (fiebre alta, tos, dolor de garganta, dificultad para respirar, flema) o duda, llamar al 421311-opción 1 del Hospital Santa Rosa, para recibir las indicaciones pertinentes y accionar protocolo.
En el decreto se destaca el otorgamiento de licencia especial para los agentes municipales incluidos en el grupo de riesgo y el cierre de escuelas municipales, museos y demás espacios recreativos dependiente de la administración .
DECRETO Nº 136 – 2020 PRESIDENCIA Expte. Nº: Villaguay, 16 de marzo de 2020
VISTO: El Decreto Provincial Nº 361 de fecha 13 de Marzo de 2020; Resolución Nº 633/20 MS y Decreto Nº 260/20 del P.E.N., Decreto N° 135 D.E.M., y las nuevas medidas anunciadas el día de la fecha por el Poder Ejecutivo Nacional por medio del Presidente de la Nación Argentina, y;
CONSIDERANDO: Que en vistas a las cuestiones anunciadas con alcance Nacional, es que se han evaluado las correspondientes medidas a tener en consideración para el ámbito local.- Que a través del Ministerio de Salud de la Provincia se han emitido los Protocolos de EJECUCION OBLIGATORIA para todos los habitantes y establecimientos de salud públicos o privados y establecimientos e instituciones públicos o privados que funcionen en el territorio provincial, formulando además las correspondientes recomendaciones, siendo las mismas de carácter DINAMICO ya que pueden variar de acuerdo a la situación epidemiológica vigente. Que atento lo expresado, este Departamento Ejecutivo Municipal entiende conveniente adoptar otras medidas destinadas a la prevención tanto de los vecinos de nuestra comunidad en general como del personal Municipal comprendido dentro del grupo de riesgo, conforme lo establecido por el Ministerio de Salud de la Nación, a fin de PRIORIZAR la salud pública y mitigar la propagación de la cepa Coronavirus COVID – 19 y sus posibles impactos. Que, además de las medidas que se establecen en el presente, es menester que la población en general adopte las correspondientes acciones preventivas para el cuidado propio y de terceros, apelándose en este sentido a la RESPONSABILIDAD CIUDADANA Y SOCIAL, siendo una realidad que el virus solo podrá limitarse si todos colaboramos para evitar su mayor propagación. Que a tales efectos se hace necesario el dictado del presente decreto. Por ello, LA PRESIDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SANTA ROSA DE VILLAGUAY, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES: DECRETO Nº 136 – 2020 PRESIDENCIA Expte. Nº: D E C R E T A
Art. 1º).- QUEDAN REVOCADAS, a partir de la fecha, las autorizaciones otorgadas por la Administración Municipal para la realización de espectáculos públicos y eventos que contraríen lo dispuesto por el documento COES ID: DCOES015 del Comité de Organización de Emergencias en Salud Provincial y sus posteriores actualizaciones.
– Art. 2º).- QUEDAN SUSPENDIDAS las actividades que se desarrollan en los establecimientos habilitados para la actividad bailable. Por otro lado, los bares, restaurantes y locales sin actividad bailable, deberán dar cumplimiento a las recomendaciones formuladas por el documento COES ID: DCOES015 del Comité de Organización de Emergencias en Salud Provincial y sus posteriores actualizaciones, informadas por las áreas correspondientes de la Administración Municipal.
Art. 3º).- DISPÓNESE EL CIERRE AL PÚBLICO de Museos, Escuelas Municipales y demás lugares recreativos, culturales y deportivos dependientes de esta Administración Municipal cuyas actividades se desarrollan en espacios cerrados o abiertos de concurrencia pública. Esta disposición no exime de la concurrencia del personal municipal, excepto los casos comprendidos en el artículo siguiente, a dichos lugares de trabajo.
Art. 4º).- OTÓRGUESE LICENCIA ESPECIAL por el término de 15 días a aquellos agentes municipales que así lo requieran y que se encuentren incluidos dentro del GRUPO DE RIESGO según lo establecido por las carteras de salud Nacional y Provincial, debiendo presentar la documentación probatoria de dicha situación ante la Dirección de Recursos Humanos Municipal. Integran el grupo de riesgo las siguientes personas: embarazadas, inmunosuprimidas, aquellas que presenten antecedentes respiratorios (asma, bronquitis crónica etc), aquellas con antecedentes cardíacos, mayores de 65 años, quienes presenten diabetes tipo I, (insulinodependientes) y aquellos con insuficiencia renal.
Art. 5º).- RECOMIÉNDASE a los vecinos de nuestra ciudad concurrir a las oficinas y dependencias municipales sólo en caso de requerir una tramitación esencial o urgente por parte del municipio y que no pueda diligenciarse más que de modo personal.
Art. 6º).- FACÚLTESE a las SECRETARÍAS dependientes del Departamento Ejecutivo Municipal a emitir aquellas resoluciones y/o comunicaciones de carácter administrativo necesarias para el buen funcionamiento de la Administración Municipal en las áreas que de aquellas dependan.
Art. 7°).- DE FORMA.-
Dra. Débora S. CANTON DEBAT M.M.O. María Claudia MONJO
Secretaria de Gobierno Santa Rosa Presidente Municipal, Santa Rosa de Villaguay de Villaguay