MUNICIPALIDAD DE VILLAGUAY DECRETO N 287/20 -aislamiento social, preventivo y obligatorio
DECRETO Nº 1 41 – 2020 PRESIDENCIA
Expte. Nº:
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y Despensas,Ferreterías,Provisiónde garrafas,Lavaderosderopa, Ventade
Productos de Limpieza, Estaciones de Servicio, Prestadores de servicio de
internet, Servicios Audiovisuales, Remiserías y Taxis, sólo para el traslado de
pasajeros que no estén comprendidos en el aislamiento preventivo y
obligatorio, previo control por parte del conductor de la documentación que así
lo acredite. Rotiserías, Pizzerías y Restaurantes, sólo podrán funcionar a
puertas cerradas, con cartelería informativa y exclusivamente mediante servicio
de reparto a domicilio.
Art. 3º).- Las áreas de Inspección General, Bromatología y Tránsito municipales a
llevar adelante procedimientos de inspección, fiscalización, clausura preventiva
y multa de aquellos comercios y rubros que dependan de una habilitación
municipal, A dichos fines y en caso de infracción, se labrará acta de
constatación, la que será puesta inmediatamente en conocimiento de las
autoridades policiales a efectos de la aplicación del artículo 4° del DECNU.
Art. 4°).- A los fines de lo dispuesto en el artículo 3° será de aplicación la normativa
vigente para el procedimiento de faltas municipal.
Art. 5°).- REFRENDASE el presente por los Secretarios de Gobierno, Asuntos Legales e
Instituciones y Hacienda, Presupuesto y Rentas.
Art. 6°).- De forma.-
Dra. Débora S. CANTON DEBAT M.M.O. María Claudia MONJO
Secretaria de Gobierno Presidente Municipal
Santa Rosa de Villaguay Santa Rosa de Villaguay
Dra. M. Fernanda MIOTTI Cdor. Elisandro VAN CAUWENBERGHE
Secretaria Asuntos Legales Secretario Haciendo, Presupuesto
E Institucionales y Rentas.